Por: Asesoría Camen El: febrero 01, 2022 En: Autónomos, Ayudas, Sociedades Comentarios: 0

La Juta de Andalucía ha sacado una nueva subvención para la modernización y mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas, a conceder en régimen de concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS

Podrán beneficiarse de esta ayuda las pymes de comercio minorista que desarrollen su actividad en Andalucía y se engloben dentro de unas epígrafes específicos de IAE.

MODALIDADES DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
  • Modalidad A. Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas. Proyectos para impulsar la transformación de las pequeñas empresas comerciales y artesanas a través de las TIC y su incorporación al ámbito digital. El importe máximo de la subvención en esta modalidad es de 6.000 euros por establecimiento y
    12.000 euros por pyme.
  • Modalidad B. Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas. Proyectos que tengan por objeto su modernización, de tal modo que les permita marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad. El importe máximo de la subvención en esta modalidad es de 15.000 euros por establecimiento y 26.250 euros por pyme.
GASTOS SUBVENCIONABLES:

Modalidad A:

  1. Adquisición del equipamiento tecnológico e informático, del software y hardware y la instalación y puesta en funcionamiento de estos.
  2. Diseño, creación o implantación de páginas web, y los gastos para la implantación de comercio electrónico.
  3. Contratación de los servicios de proveedores web en el caso de implementar plataformas de tienda o plataformas on-line.
  4. Creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on-line, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet.

Modalidad B:

  1. Los gastos ocasionados por la realización de las obras o reformas de acondicionamiento interior o exterior de los locales comerciales o establecimientos artesanos (obras de albañilería, fontanería, carpintería y pintura; puertas y ventanas; instalación de suelos, revestimientos de techos y paredes; instalación eléctrica, aire acondicionado y calefacción, actuaciones de mejora de la fachada, diseño e instalación de toldos, rótulos, etc.)
  2. Los gastos ocasionados por el equipamiento de locales comerciales o establecimientos artesanos que consistan en la adquisición e instalación del equipamiento y mobiliario de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta o en la adquisición e instalación de equipamiento y maquinaria destinada al desarrollo de la actividad artesana. Asimismo se considera subvencionable el equipamiento destinado a la prevención de la propagación del COVID 19.
  3. Los costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción de los proyectos.

 

 

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